En abril del año 2024, las comunas de Cabildo, Calle Larga, Catemu, Los Andes, Nogales, Petorca y Puchuncaví, comenzaron a recibir transferencias del Fondo Royalty Minero, en su carácter de incluidas como comunas mineras de la Región de Valparaíso.
La ley N°21591, conocida como “Royalty a la Minería”, entrega recursos de la actividad minera a aquellas comunas asociadas a explotadores mineros o Puertos que puedan generar un impacto significativo sobre la salud de la población.
Quintero, al no tener industrias sujetas al Impuesto Específico Minero, queda fuera de la nómina, por no tener: refinerías, fundiciones, yacimientos y depósitos de relaves activos, siendo que la ley es extensiva al hablar de comunas pertenecientes a regiones mineras. Esto hace pensar que el espíritu del legislador difiere de la interpretación del Ministerio de Hacienda que margina a Quintero del beneficio.
La metodología utilizada para la selección de comunas, se basa en primer lugar, en límites administrativos, en vez de contextos geográficos; por lo demás, los impactos sobre la salud de la población, se relacionan con calidad del aire, y eso es una condición atmosférica sin frontera terrestre.
La contradicción es peor, cuando vemos que el complejo Minero Codelco Ventanas, tiene una distancia hasta Loncura de 3,9 Km, y al centro de Quintero 4,9 Km. En cambio, al centro de Puchuncaví hay 7,5 Km, y al sector poblado de La Greda 2.0 Km.
Habría que incluir en la desconsideración, la existencia del relave abandonado de la minera Montecarmelo, que se ubica en el límite de Puchuncaví y Quintero, el cual sufrió derrames contaminantes en el año 2016, y que aún se encuentra en proceso de remediación.
Sorprende que, en la evaluación de acceso al Fondo Minero, se haya considerado como factor la presencia de la Fundición privada Altonorte, ubicada a 14 Km de la ciudad de Antofagasta, en cambio a Quintero, no se le considera la distancia de 3,9 Km entre Codelco Ventanas y Loncura.
Estas comparaciones permiten suponer que la evaluación contiene criterios poco equitativos y ciertamente desbalanceados en su aplicación, lo que hace inferir que la implementación de la ley respecto a Quintero no es justa.
La Ley Royalty Minero, establece y se define como un aporte en beneficio de generar y potenciar un impacto significativo sobre la salud de la población afectada por la actividad minera.
¿Acaso Quintero es libre de contaminación causada por la industria minera Enami – Codelco?
El proceso de cierre de la Fundición Ventanas, es una operación gradual, que podría terminar en los próximos cinco años, obviamente que han disminuido las emisiones de anhídrido sulfuroso, pero no sabemos en qué grado o porcentaje se manifiesta la dicha reducción.
Lo cierto es que existe la producción de una Refinería activa de cobre electrolítico, y que los pasivos ambientales propios y heredados de la División Codelco Ventanas, siguen latiendo en el territorio de Quintero.
Somos una zona saturada no sólo por las emisiones de anhídrido sulfuroso (SO2), también por material particulado respirable.
Siendo “La Bahía de Quintero”, un todo integrado por las comunas de Quintero y Puchuncaví, dentro de esa complejidad, Ventanas es el sitio de embarque principalmente de concentrado de cobre que es transportado a través de un trazado de ferrocarril que cruza Quintero.
Todo ello no es una eventualidad, más bien es el marco de externalidades permanentes que inciden en la salud de la población, afectada como consta por altos índices de enfermedades respiratorias crónicas, cáncer e incluso intoxicaciones masivas.
Por otra parte, cabe hacer notar que el Fondo de comunas mineras lo integran 43 comunas, del cual fue excluido Quintero.
También, la ley Royalty minero, inyecta al sistema presupuestario municipal, un Fondo de Equidad Territorial que es fuente de financiamiento para 300 comunas, cuyo objetivo es acortar las brechas presupuestarias entre las distintas comunas del país. Habría que agregar que por efecto de esta ley se tiene el Fondo Regional, para la productividad y el Desarrollo que administra el Gobierno Regional.
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Como consecuencia favorable de esta ley Puchuncaví, incrementó sustantivamente su presupuesto municipal del año 2024, al haber sido categorizada como comuna minera. En cambio, Quintero, solo quedó a expensas de un incremento en Equidad Territorial muy inferior al que recibieron por el mismo concepto las comunas de Villa Alemana o Calle Larga que, por lo demás, no registran daños a la salud de su población a causa de impactos provenientes de la industria minera.
En conclusión, la exclusión de Quintero que hace el Ministerio de Hacienda del Fondo de Comunas Mineras, es injusta y debe ser revisada.



