La reciente formulación de gravísimos cargos contra la Refinería Aconcagua perteneciente a la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP), por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) revela una situación que exige mucho más que explicaciones y eventuales sanciones económicas. Según la SMA, ENAP habría entregado información falsa e incompleta sobre sus emisiones contaminantes y el cumplimiento de las exigencias ambientales. Las irregularidades investigadas abarcan varios años y podrían significar multas millonarias, además de eventuales responsabilidades penales.
Lo especialmente grave es que no estamos hablando de cualquier empresa. ENAP pertenece al Estado de Chile y, precisamente por ello, debería ser la primera en dar el ejemplo de respeto a la ley, transparencia y responsabilidad ambiental. Resulta inadmisible que una empresa estatal, obligada a actuar conforme al interés público, sea cuestionada por proporcionar antecedentes que habrían ocultado su verdadero desempeño ambiental.
Más preocupante todavía es que los incumplimientos investigados se extiendan durante varios años. Si se acreditan, habrá que determinar cuánto se emitió por sobre los límites permitidos, qué consecuencias provocaron esas emisiones y quiénes son los responsables de tamaña incapacidad e ineptitud.
La investigación interna y posterior entrega de antecedentes por parte de ENAP son pasos necesarios, pero no bastan para demostrar ahora una gestión responsable. Corregir después de años de presuntos incumplimientos no equivale a haber cumplido durante esos años. La transparencia tardía no borra las emisiones anteriores ni exime de responder por sus consecuencias.
Surge, además, otras interrogantes: ¿dónde estaban los fiscalizadores? ¿Qué controles independientes se realizaron? ¿Por qué las inconsistencias no fueron detectadas oportunamente?. Fiscalizar no es recibir y archivar informes elaborados por las propias empresas. Es comprobar, contrastar, inspeccionar y exigir oportunamente el cumplimiento efectivo de las normas.
Estas preguntas adquieren especial sensibilidad para los habitantes de Concón, Quintero y Puchuncaví, que han soportado durante décadas una elevada carga ambiental. En esas comunas la prevención no puede ser una formalidad administrativa ni la fiscalización una reacción tardía.
Tampoco corresponde exhibir las multas millonarias como prueba suficiente de eficacia. Ninguna sanción retira de la atmósfera los contaminantes ya emitidos ni repara automáticamente sus consecuencias.
Si se acredita que las emisiones de ENAP provocaron daños ambientales o perjuicios a las personas, la empresa deberá asumir su reparación y las indemnizaciones que legalmente correspondan. Los vecinos afectados no pueden quedar relegados a simples espectadores de un procedimiento sancionatorio. Tienen derecho a que se investiguen los efectos sobre su salud y a exigir las compensaciones pertinentes.
Chile necesita inversión, producción y empleo, pero también empresas responsables y autoridades que cumplan sus obligaciones. El Estado no puede exigir a los privados aquello que sus propias empresas eventualmente incumplen. Su conducta debe ser ejemplar.
El caso ENAP debe servir para establecer responsabilidades gerenciales, administrativas y, cuando proceda, penales, además de revisar la eficacia de los controles que deben ejercer los servicios públicos.
La verdadera responsabilidad ambiental, que pregona el Estado, no consiste en reconocer tardíamente las infracciones ni en pagar multas después de contaminar. Consiste en prevenir el daño y, cuando este ocurre, repararlo y responder ante quienes sufrieron sus consecuencias. Esa obligación comienza por las propias empresas del Estado.
Osvaldo Urrutia
Consejero Regional