La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de protección presentado contra la destitución de un abogado de la Contraloría General de la República (CGR) en la Región de Coquimbo, sancionado por infringir gravemente el principio de probidad administrativa. El profesional fue sancionado luego de que se comprobará que viajó a Brasil entre el 30 de diciembre de 2024 y el 7 de enero de 2025, pese a haber obtenido una licencia médica que le exigía reposo total en su domicilio en Chile. El caso fue analizado por la Primera Sala del tribunal, integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Carlos Jorquera Peñaloza y el abogado (i) Gabriel Gallardo Verdugo, quienes ratificaron la decisión de la CGR por unanimidad.
El fallo subrayó que no existió controversia sobre los hechos: el abogado inició su viaje un día hábil, en el que debía cumplir con sus funciones, y horas después se le emitió una licencia que resultaba incompatible con su presencia en el extranjero. La Contraloría consideró esta conducta como una falta grave, atendido el rol de confianza y responsabilidad que desempeñaba el funcionario. La Corte coincidió en que la sanción de destitución era proporcional y ajustada a derecho, al estar prevista entre las medidas disciplinarias aplicables en casos de incumplimiento ético o funcional.
Los jueces destacaron que la resolución sancionatoria estuvo debidamente fundamentada y emanó de una autoridad competente, descartando así los argumentos de ilegalidad o arbitrariedad esgrimidos por el recurrente. Asimismo, rechazaron la alegación de discriminación, al no haberse acreditado que otros funcionarios en situaciones análogas hayan recibido un trato diferente. El tribunal concluyó que las garantías constitucionales invocadas no fueron vulneradas, ya que la conducta sancionada fue claramente incompatible con los deberes de un servidor público.
Con esta decisión, la Corte de Apelaciones de La Serena refuerza el estándar de exigencia ética en la función pública, recordando que la probidad no es una obligación meramente formal, sino un pilar esencial del servicio estatal. El fallo envía un mensaje claro sobre las consecuencias de utilizar mecanismos legales, como licencias médicas, de manera fraudulenta para justificar ausencias no autorizadas. La destitución del abogado se mantiene firme, sin derecho a costas, cerrando así la vía constitucional que pretendía revertir la sanción impuesta por la Contraloría General de la República.