La Contraloría General de la República determinó, mediante el dictamen N° OF128769N26, que los alcaldes vulneran el principio de probidad administrativa al utilizar su cuenta personal en redes sociales para atribuirse como propio el cumplimiento de obras municipales, vinculándolas con promesas formuladas durante su campaña electoral. El pronunciamiento, elaborado por la División de Gobiernos Regionales y Municipalidades y firmado por el contralor general subrogante Víctor Hugo Merino Rojas, fue calificado como jurisprudencia administrativa, por lo que su criterio se extendió a los 345 municipios del país.
El caso se originó tras una denuncia que cuestionó una publicación en la cuenta personal de Facebook del jefe comunal, donde este promocionó como propio un logro del municipio. Aunque la Municipalidad de Huechuraba respondió que se trataba de una cuenta personal y no institucional, la Contraloría revisó directamente el perfil público del alcalde y encontró dos publicaciones determinantes: una de octubre de 2024, en plena campaña electoral, y otra de septiembre de 2025, ya con Luksic en ejercicio del cargo.
La primera publicación mostró al entonces candidato junto a un bus eléctrico que exhibía su rostro y el mensaje «Los buses eléctricos serán realidad en Huechuraba», acompañado de un llamado a votar por su candidatura. Casi un año después, la misma cuenta informó que los buses «100% eléctricos y 100% gratuitos» ya recorrían la comuna, con la frase «Lo prometimos en octubre de 2024. Lo cumplimos en septiembre de 2025». Para la Contraloría, ese mensaje evidenció una asociación inapropiada entre la implementación de un servicio municipal y una promesa electoral de carácter personal.
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El organismo instruyó al alcalde abstenerse, en lo sucesivo, de realizar publicaciones que vincularan actividades, obras o servicios municipales con promesas de campaña, tanto en redes personales como institucionales. Si bien el dictamen no cuestionó la existencia de equipos de comunicaciones ni prohibió informar sobre la gestión, sí trazó una línea clara: los logros ejecutados correspondieron a la municipalidad como institución y no constituyeron conquistas atribuibles personalmente a la autoridad de turno. El criterio fijado abrió un debate de alcance nacional sobre el límite entre la comunicación institucional y la promoción política, en un contexto donde los municipios destinaron crecientes recursos a direcciones de comunicaciones con periodistas, camarógrafos, diseñadores y agencias externas dedicadas exclusivamente a difundir la gestión edilicia.



