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Comenzó juicio contra ejecutivos de ENAP por episodios de contaminación en Quintero y Talcahuano en 2018

Este jueves, comenzó juicio contra seis ejecutivos de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por el caso «Crudo iraní», hecho que ocasionó una emergencia ambiental en las comunas de Quintero-Puchuncaví, Región de Valparaíso, y Talcahuano, Región del Bíobio, en 2018.

El juicio

Álvaro Hillerns, Patricia Cabalá, Edmundo Piraíno, Juan Pablo Rhodes, Carlos Lizana y Jorge Farías serían los responsables de los episodios de contaminación tras el proceso de alije y trasvase de petróleo iraní en las bahías de ambas comunas.

Tres de los ejecutivos corresponden a la refinería Aconcagua, en la región de Valparaíso, mientras que los otros pertenecen a la refinería Bío Bío.

El juicio contará con 284 testigos y 20 peritos, junto con 1.098 medios de prueba documental y 116 otros medios de prueba, por lo que se espera que el proceso dure entre cuatro y 6 meses.

La audiencia, llevada a cabo en el Tribunal del Juicio Oral de Concepción, comenzó con dos querellantes menos.

La jueza, Karina Mihovilovic, informó que la Municipalidad de Quintero desistió de la acción legal que había presentado en su momento, mientras que el abogado Leonardo Contreras, que representaba a una docena de afectados de esa comuna, tampoco llegó.

¿Qué dice la Fiscalía?

De acuerdo a lo consignado por el mismo medio, el Ministerio Público pide hasta cuatro años de cárcel, y cinco en el caso del Consejo de Defensa del Estado, para los ejecutivos de ENAP por los delitos que van desde la propagación de elementos contaminantes que dañan la salud animal y vegetal, y también la importación de productos altamente contaminantes, como lo es el crudo iraní.

La fiscal de la Región del Bio Bío, Ana María Aldana, indicó que «nosotros tomamos esta investigación compleja con la esperanza de poder dar respuesta penal a una importante cantidad de personas «.

«Este es un caso distinto de cuando normalmente vemos un delito de robo o hurto que afecta a personas determinadas. Acá fueron dos comunidades grandes, que tienen mucha población», manifestó.

¿Qué dice Enap?

Durante este periodo, asistirán de manera presencial a declarar Edmundo Piraino, Álvaro Hillerns, Juan Pablo Rhodes, Patricia Cabalá, Carlos Lizana y Jorge Farías.

Las acusaciones del Ministerio Público tienen que ver con la descarga de crudo de origen iraní en la bahía de Concepción, como también con la infracción de las reglas de protección del medio ambiente y laborales al drenar el crudo denominado “iranian heavy” en el Terminal Marítimo de Quintero (lo que habría generado la emisión de sulfuros que afectaron a los habitantes de Quintero y Puchuncaví).

Ante ello, ENAP centrará su defensa basándose, principalmente, en que realizó un único embarque y una operación de trasvasije de crudo (alije) la Bahía de Concepción, bajo todos los estándares internacionales para este tipo de carga de crudo, hecho que fue entre dos embarcaciones el día 4 de agosto de 2018.

Por lo anterior, “la descarga en el Terminal San Vicente ocurrió el 5 de agosto de ese año; es decir, al día siguiente de las evacuaciones ocurridas en Concepción”, aclara Cristián Muga, abogado de ENAP, quien sostiene que “el trasvasije se efectuó utilizando un sistema completamente hermético, el que fue comunicado a las autoridades regionales y al personal de la Armada, siendo esta última la que supervisó y autorizó el proceso”. Además, “ni el personal de la estatal ni de la Armada, ni de la empresa naviera que participaron del alije sufrieron afectación alguna por el procedimiento”, enfatiza.

El abogado explica que el ácido sulfhídrico que contiene el crudo -sea el iraní o cualquier otro- “se neutraliza mediante procedimientos estándares realizados cotidianamente por profesionales especializados”. “Irán es uno de los principales productores de petróleo del mundo y su crudo se vende en el mercado formal y lo compran los países desarrollados a diario”, destaca.

Por otro lado, indica Muga, “las instalaciones de ENAP están en condiciones de manejar y procesar cualquier clase de crudo”. Asimismo, “sus trabajadores que están siendo investigados se desempeñan en el marco de una empresa pública estratégica que produce y refina los combustibles que consume el país; es decir, la compra de crudo es parte de su actividad habitual y diaria”, justifica.

Reclama que “la única verdad en una investigación penal es una sentencia definitiva”. “Antes de eso, solo existen versiones de los hechos y ni las partes querellantes ni el Ministerio Público -por respetables que sean- tienen derecho a dar por establecidos hechos, juzgar y condenar públicamente, como ha sido la tónica en este caso”, advierte.

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Sesgo hacia la empresa

ENAP mantiene la defensa de los trabajadores que están siendo investigados con la convicción de su inocencia y el apoyo que requieren en lo legal, dice Muga, quien afirma que, a su criterio, “las acusaciones en contra de la empresa tienen un sesgo, lo que impidió investigar sobre los verdaderos causantes de la contaminación en Quintero y Talcahuano”. “En la propia carpeta investigativa se contienen antecedentes suficientes que permiten mostrar que la causalidad no tiene relación alguna con la descarga del crudo iraní”, argumenta.

Cuenta que antes de la hipótesis de que fuese el crudo iraní el causante de los episodios de intoxicación, se manejaron otras tres posibilidades: que se tratara de azufre, de compuestos varios o de la limpieza de los estanques. Además, “después del 24 de agosto de 2018, cuando las operaciones de ENAP estaban detenidas, otras más de mil 300 personas acudieron a centros de salud con los mismos síntomas que previo a esa fecha”, plantea.

Se espera que el total del juicio, con su desarrollo, cierre y veredicto, termine en diciembre de este año o bien, en enero de 2023 como máximo.

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