Minera Montecarmelo solicitó ante el Segundo Tribunal Ambiental la reducción de una multa superior a mil millones de pesos y la revocación de la suspensión de su Registro de Control Ambiental (RCA), tras ser sancionada por múltiples incumplimientos ambientales en su planta de Puchuncaví. El tribunal, integrado por los ministros Marcela Godoy Flores, Cristián López Montecino y Manuel Rodríguez Vega, escuchó los alegatos el 24 de abril de 2025, en el marco del expediente R-528-2025, donde la empresa argumentó que la sanción es desproporcionada y afecta su capacidad de ejecutar el Plan de Cierre aprobado por Sernageomin.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) impuso la sanción en marzo de 2023 tras detectar graves fallas en el manejo de residuos peligrosos y en el sistema de drenaje de aguas lluvias, que provocaron escurrimientos químicos hacia predios cercanos desde al menos 2015. Entre las infracciones se incluyeron deficiencias en la contención de polvos metálicos, falta de permisos actualizados y omisiones en la notificación de riesgos, lo que llevó a la revocación de la RCA N°230/2004 —la cual habilitaba operaciones— y a multas acumuladas que superan las 2.400 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Minera Montecarmelo, representada por la abogada Camila Martínez Encina, insistió en que la SMA ignoró su capacidad económica real y exigió reclasificar el Cargo A.5 como leve, recalculando la multa bajo parámetros más justos. Además, propuso reemplazar la multa total por una clausura definitiva controlada, para permitir la ejecución del Plan de Cierre, argumentando que la revocación del RCA ya constituye una sanción suficiente y que aplicar ambas medidas simultáneamente viola el principio de proporcionalidad.
La SMA, defendida por Francisco Sepúlveda Muñoz, rechazó todas las pretensiones, señalando que la empresa no impugnó la resolución sancionatoria dentro del plazo legal y que sus nuevos argumentos —sobre fórmulas de cálculo o integridad del expediente— no guardan relación con el recurso de reposición que sí fue presentado. El ente fiscalizador recordó que el plazo para impugnar la resolución de marzo de 2023 venció en abril de 2023, y que cualquier intento de cuestionarla ahora constituye un intento de “reabrir un proceso cerrado”, vulnerando la seguridad jurídica.
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Esta audiencia es crucial porque define el destino de una de las plantas más contaminantes de la Zona de Influencia de Puchuncaví, históricamente afectada por episodios de contaminación industrial. Si el tribunal acepta la reducción de la multa o anula la revocación del RCA, enviaría una señal debilitadora a la vigilancia ambiental en Chile; si la respalda, refuerza la autoridad de la SMA y envía un mensaje contundente a empresas que operan con negligencia en zonas vulnerables, donde la salud pública y el ecosistema están en juego desde hace décadas.



