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Corte acogió a trámite recurso del INDH por contaminación en Quintero y Puchuncaví y pidió informes a autoridades y empresas involucradas

El tribunal dio un plazo de ocho días a los ministerios de Medio Ambiente y de Salud, a la SMA y a la ONEMI para entregar antecedentes en torno a los episodios de emergencia registrados durante seis días de junio.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso declaró admisible el recurso de protección interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por la vulneración de los derechos a la integridad física y psíquica y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de quienes habitan en la zona de Quintero y Puchuncaví. La corte pidió informes, dentro de un plazo de ocho días, a cuatro organismos estatales y a ocho industrias que el INDH identificó en su requerimiento.

Los ministros Eliana Quezada y Pablo Droppelmann y el abogado integrante Alberto Balbontín, instruyeron al Ministerio de Medio Ambiente, a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), al Ministerio de Salud y a la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) a “adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso”. La misma instrucción dirigieron a las empresas Codelco, AES Andes, Terminal Marítimo de ENAP, Terminal Marítimo Oxiquim, Planta Gasmar Quintero, Terminal de Asfaltos y Combustibles Enex, Terminal Marítimo de Quintero Copec y Terminal Marítimo GNL Quintero.

El INDH, a través de su sede regional de Valparaíso, interpuso este recurso de protección el viernes 22 de julio, luego que durante seis días del pasado junio (6, 8, 14, 15, 16 y 22) estudiantes y habitantes de Quintero y Puchuncaví resultaron, de nuevo, afectados por una emergencia ambiental y sanitaria debido a diversos episodios de contaminación. Ésta tendría su origen en el parque industrial de la zona, donde operan 17 empresas, entre ellas refinerías de petróleo, fundiciones de cobre y centrales de generación eléctrica. Los más recientes episodios dejaron a 317 personas (principalmente niños, niñas, adolescentes y adultos mayores) intoxicados por inhalación.

Ante estos hechos, el INDH solicita 17 medidas al Estado y a las empresas. Al Ministerio del Medio Ambiente se le pide que ordene la revisión de las normas de calidad ambiental primarias y secundarias vigentes dentro del plazo establecido en la norma; que se ordene la elaboración de instrumentos de gestión ambiental (normas de calidad) que definan estándares ambientales para la protección, recuperación y remediación de suelos contaminados; y que se ordene la implementación del seguimiento al Plan de Prevención y Descontaminación de Quintero – Puchuncaví.

Cabe mencionar que en 2018 el INDH ya había presentado un recurso ante la Corte de Valparaíso por episodios de contaminación. Los días 21 y 23 de agosto y 4 de septiembre de 2018, Quintero y Puchuncaví se vieron afectadas por una emergencia sanitaria y ambiental debido a una nube toxica surgida del parque industrial. La situación dejó 1.329 atenciones; de ellas 16 llevaron a hospitalizaciones y cinco pacientes tuvieron síntomas neurológicos.

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Este recurso, rechazado en primera instancia por la Corte de Valparaíso, fue acogido luego, en una decisión histórica, por la Corte Suprema, que ordenó medidas concretas para la zona. El pasado 22 de mayo se cumplieron tres años de esta resolución. “Sin embargo, a la fecha, no se ha determinado la fuente precisa de la contaminación ni eventuales responsabilidades. Existe una línea investigativa que lleva a cabo la SMA y que vincula a ENAP con la contaminación, que habría sido causada por un petróleo iraní que se descargó en la Bahía de Quintero, pero no existe certeza”, dice el recurso de protección presentado ahora por el INDH.

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