La Bahía on Line
Nos leen, nos creen

- Publicidad -

- Publicidad -

Convención de Derechos de la Niñez: 30 años de un compromiso incumplido

El 14 de agosto pasado se cumplieron 30 años desde que Chile ratificó oficialmente la Convención de Derechos de la Niñez (CDN), momento que nos conmina a avanzar precisamente desde un enfoque de derechos. A tres décadas de dicho compromiso, podemos observar que esto sólo se ha cumplido a nivel declarativo y con grandes problemas a nivel práctico, sin permear de manera profunda las lógicas culturales e institucionales, como queda en evidencia al observar la situación de la niñez en la comunidad mapuche, en aquellos niños que viven en zonas de sacrificio como Quintero y Puchuncaví y en los niños y adolescentes que siguen siendo objeto de violencia física y sexual, como lo representa dramáticamente la muerte de Ámbar.

Si bien se identifican avances programáticos en el desafío del Estado por responder a este nuevo marco normativo, expresados por ejemplo en la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia 2001-2010 y la correspondiente al periodo 2015 – 2025, orientadas a superar la fragmentación y descoordinación de un sistema de atención a la niñez por ministerios y servicios, las mejoras se evidencian principalmente en el trabajo orientado a la primera infancia, destacando en esta lógica de articulación e integración el programa Chile Crece Contigo, el que ha logrado poner como foco de atención el desarrollo integral de niños y niñas, incorporando los riesgos asociados a las etapas del curso de vida y la necesaria articulación de los recursos locales para su gestión y logro.

[Te puede interesar]: Municipio intensifica fiscalizaciones con personal autorizado y capacitado por Seremi de Salud para enfrentar el Coronavirus

Sin embargo, en la forma regular de abordaje de los temas de niñez y juventud siguen primando lógicas que ponen en cuestión los principios fundamentales de la CDN como 1) el interés superior del niño y niña, 2) la no discriminación, 3) el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo y, 4) la participación infantil. A diario, podemos observar como la relación con niños y niñas está marcada por concepciones relacionadas a minoridad, objeto de protección, inferioridad, peligrosidad si está en condiciones de pobreza o en su contrario, aparece como material de sueños, idealidades y proyectos políticos contingentes, como el eslogan: “Los niños primero”.

La yuxtaposición de perspectivas de derecho y perspectivas tutelares sustentadas en la minoridad produce una matriz híbrida sobre la que el Estado de Chile erige su propuesta para dar cabida a las exigencias internacionales. Lo que repercute por ejemplo en la agudización de la crisis del Servicio Nacional de Menores (SENAME) o en la sobre exigencia que deben realizar los profesionales de organismos colaboradores, quienes a nivel local y demandados por atenciones de vulneraciones de derechos cada vez más complejas, deben gestionar las integraciones y colaboraciones.

El comité de derechos de la niñez de Naciones Unidas, ya ha emitido un juicio categórico sobre nuestro país: las grandes vulneraciones se producen por cuatro causas estructurales que han favorecido las graves y sistemáticas situaciones ocurridas: la visión tutelar de la infancia; una incorrecta interpretación del carácter subsidiario del Estado; la excesiva judicialización del sistema; y la insuficiencia de recursos humanos, técnicos y financieros en el sistema.

En tal sentido, observamos con preocupación cómo a partir de la implementación de la Ley Nº 20.032, cuyo objetivo es regular la forma y condiciones en que SENAME subvencionará los programas y líneas de acción ejecutadas principalmente por organismos colaboradores, ha profundizado la lógica economicista en la atención de niños, niñas y jóvenes que viven vulneraciones de derechos. Bajo la retórica de evitar el mal uso, malversación o apropiación indebida de los recursos económicos del Estado se ha construido una práctica discursiva centrada en la dimensión económica por sobre la dimensión técnica de los profesionales, calidad y sentido profundo de la intervención.

[Te puede interesar]: Leer nuestro medio asociado Aconcagua al Día

De este modo, la atención se gesta y administra en una matriz ideológica y normativa, que pretende articular lógicas liberales y solidarias formando un híbrido que no logra responder de manera coherente y consistente a los desafíos de la CDN. Mientras se mantenga la centralidad solo en valorar hasta qué punto ciertos objetivos fueron alcanzados por una persona, departamento u organización para la aplicación de premios o castigos -y se dejen fuera indicadores de procesos y resultados que permitan la construcción de intervenciones, no solo eficaces, sino también efectivas, que expresen garantías concretas de protección social-, veremos limitadas las posibilidades de que la política pública se focalice en el objetivo de bienestar sobre la racionalidad de los derechos humanos.

Durante el año 2018, el Presidente Sebastián Piñera convocó a distintos representantes del gobierno, Cámara de Diputados, senadores, centros de investigación y sociedad civil a un espacio de diálogo político y técnico, con el objetivo de recoger inquietudes y planteamientos, a fin de obtener aquellos consensos básicos que permitan desarrollar un gran Acuerdo Nacional por la Infancia. Uno de éstos dice relación con dar urgencia a la creación del Servicio de Protección Especializado, con dependencia del Ministerio de Desarrollo Social y continuar la tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Juvenil, con dependencia en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, lo que se concretó durante este año. Si bien la separación de ambos servicios, sumado a los otros acuerdos, puede leerse como un avance importante en materia de garantía de derechos para los niños, niñas y jóvenes de nuestro país, lo cierto es que sin una ley de protección integral de la niñez el cambio realizado es solo de nomenclatura, sin que implique un avance efectivo hacia la actuación integrada, intersectorial, propia de una garantía integral de derechos de la niñez.

En este sentido coincidimos como diversos autores (Maldonado, 2014; Contreras, Rojas y Contreras, 2015) respecto de que los esfuerzos políticos se han concentrado en generar cambios en la medida de lo posible, realizando ajustes y modificaciones para adaptarse a los requerimientos de este instrumento internacional, pero no cambios profundos que permitan superar la lógica y práctica desarticulada con la que ha operado el Estado frente a los temas de infancia.

La argumentación de cambios en la medida de lo posible habla de la ausencia de voluntad política para avanzar de forma sustantiva en la deuda que tenemos con los niños, niñas y jóvenes, un marco legal como la ley de protección integral aporta a un quehacer más coordinado y coherente conforme a los principios éticos y metodológicos que plantea la CDN.

Esto sin duda necesariamente tiene que estar en diálogo con el reconocimiento de la responsabilidad de todos los sectores de la sociedad para actuar como garantes y co-garante de derechos, apostando a la construcción de entornos protectores y de protagonismo al mismo tiempo. El Estado, debe procurar favorecer cambios culturales necesarios para fortalecer la construcción de sujetos de derechos con lógicas de cuidado colectivo, de respeto mutuo, con relaciones de buen trato entre todos y todas.  Esto es considerar el cambio cultural que implica valorar a las niñas, niños y jóvenes como sujetos que tienen validez en el presente y no sólo como una apuesta a futuro.

Entre otros, este desafío supone pensar, en la misma línea que propone UNICEF y CEPAL: que los Sistemas de Protección Integral de Derechos de la Niñez, entendidos como un conjunto de órganos, entidades, mecanismos e instancias a nivel nacional, regional y local orientados a respetar, promover, proteger, restituir y restablecer los derechos de los niños y niñas, tienen un carácter de urgente en nuestro país. Estos sistemas se organizan en medidas: universales, orientadas al cumplimiento de todos los derechos y para todos los niños, niñas y adolescentes (NNA) sin discriminación; reforzadas, destinadas a los NNA en situación de desventaja, excluidos o víctimas de discriminación como los NNA pertenecientes a pueblos indígenas, con medidas de protección, cuyo objetivo es asegurar que accedan a sus derechos en igualdad de condiciones y especializadas que se aplican cuando han sido víctimas de vulneraciones graves de derechos o cuando los adolescentes entran en conflicto con la ley penal. Asimismo, los Sistemas de Protección Integral de Derechos abarcan las funciones de promoción, prevención y protección, reconociendo el principio de la participación como transversal a dichas funciones.

Tal como hemos enunciado en los párrafos anteriores en nuestro país se ha avanzado en medidas universales a través del programa Chile Crece Contigo y en algunas medidas especializadas, pero se requiere una mirada de política pública que incorpore todas las medidas que supone un sistema de protección  integral, de tal modo que se garanticen los derechos de niñez, generando y promoviendo las condiciones materiales fundamentales para que esto ocurra. El proceso de legislación y tramitación de los proyectos legislativos no ha garantizado una urgencia lógica de “sistema de protección”. Los vetos presidenciales han evidenciado esta fractura.

Finalmente, es relevante explicitar que la garantía de derechos de la niñez, considerando con especial relevancia la participación infantil, no sucede por azar. Es necesario el condicionamiento de los escenarios políticos, económicos y socioculturales, desde las concepciones mismas de la democracia, en el sentido de revisar cómo el sistema político y económico de nuestro país, considera y genera condiciones de vida digna para todas las personas. 

Yesika Herrera y Claudia Espinoza Académicas de la Escuela de Trabajo Social Pontificia Universidad Católica de Valparaíso

- Publicidad -